Sentencia N° 84 — Sala Plena del TSJ, 10 de junio de 2015

TSJ/SP, Sent. N° 84, Exp. 2014-000105, 22/09/2015
Expediente2014-000105
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
Materia—
Tipo de recursoDesestimacion
Fecha de la decisión2015-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de junio de 2015, declaró con lugar la solicitud de desestimación de la denuncia presentada por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, contra el Diputado Pedro Miguel Carreño Escobar. La denuncia se basaba en supuestos insultos y amenazas durante un debate parlamentario, pero la Sala concluyó que no se presentaron hechos que constituyeran un delito penal, ya que las expresiones emitidas eran parte del ejercicio de la libertad de expresión.

Extracto de la motiva

La denuncia presentada por el ciudadano Guillermo Antonio Palacios Castillo contra el Diputado Pedro Miguel Carreño Escobar fue desestimada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Se argumentó que las afirmaciones del denunciante carecían de sustento fáctico y no cumplían con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala destacó que las expresiones emitidas por los diputados en el ejercicio de sus funciones no son responsables penalmente, y que la denuncia se basaba en un desacuerdo personal y no en hechos que constituyan un delito.

Dispositiva

1. Es COMPETENTE para conocer la presente solicitud de desestimación de denuncia presentada por la Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela. 2. CON LUGAR la presente solicitud de desestimación de la denuncia interpuesta por el Ministerio Público. 3. ORDENA la devolución de las actuaciones al Ministerio Público, a los fines de su archivo definitivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 4. ORDENA notificar y remitir copia certificada del presente fallo a la Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadana LUISA ORTEGA DÍAZ. 5. ORDENA notificar y remitir copia certificada de la presente decisión al ciudadano PEDRO CARREÑO ESCOBAR.

Palabras clave

desestimacióndenuncialibertad de expresiónAsamblea Nacional

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