Sentencia N° 80 — Sala Plena del TSJ, 17 de octubre de 2013
TSJ/SP, Sent. N° 80, Exp. 2013-000213, 06/11/2013
Expediente2013-000213
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAntejuicio
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónCon lugar la solicitud de antejuicio de mérito
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de antejuicio de mérito interpuesta por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, contra la diputada María Mercedes Aranguren Nassif, por presuntos delitos de peculado doloso propio, asociación para delinquir y legitimación de capitales. La decisión se fundamenta en la existencia de elementos de convicción que vinculan a la diputada con irregularidades en la gestión de la empresa Administradora Inmobiliaria Monumental de Maturín C.A., de la cual fue presidenta.
Se ordena notificar a la Asamblea Nacional para que delibere sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de la diputada, lo que permitirá proceder con el enjuiciamiento. La Sala aclara que esta decisión no prejuzga sobre la culpabilidad de la demandada, la cual será determinada en el juicio ordinario correspondiente. La sentencia se firmó el 6 de noviembre de 2013, en Caracas.
Extracto de la motiva
La Sala Plena, al analizar la solicitud de antejuicio de mérito, considera que existen elementos suficientes que permiten concluir que la ciudadana María Mercedes Aranguren Nassif, en su calidad de Presidenta de la empresa Administradora Inmobiliaria Monumental de Maturín C.A., pudo haber incurrido en los delitos de peculado doloso propio, asociación para delinquir y legitimación de capitales, previstos y sancionados en los artículos 52 de la Ley Contra la Corrupción y 4 y 6 en concordancia con el 16 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada.
La decisión de admitir la solicitud se fundamenta en las denuncias recibidas y en la investigación preliminar realizada por el Ministerio Público, que evidencian irregularidades en la gestión de la empresa, así como la falta de cumplimiento de obligaciones tributarias y la realización de contratos en moneda extranjera sin la debida autorización. La Sala destaca que la inmunidad parlamentaria de la diputada debe ser allanada para proceder con el enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Finalmente, se ordena remitir las actuaciones a la Fiscal General de la República y notificar a la Asamblea Nacional para que se pronuncie sobre el allanamiento de la inmunidad, permitiendo así que el proceso penal continúe de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: No ha lugar a la solicitud de sobreseimiento interpuesta por los abogados defensores privados de la ciudadana María Mercedes Aranguren Nassif. SEGUNDO: Con lugar la solicitud de antejuicio de mérito interpuesto por la abogada Luisa Ortega Díaz, actuando en su condición de Fiscal General de la República, contra la ciudadana María Mercedes Aranguren Nassif, titular de la cédula de identidad N° 4.349.486, en consecuencia hay mérito para su enjuiciamiento por la presunta comisión de los delitos de PECULADO DOLOSO PROPIO, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR y LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previstos y sancionados en los artículos 52 de la Ley Contra la Corrupción; y, 4 y 6, en concordancia con el 16 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, aplicable ratione temporis, respectivamente. TERCERO: Se ordena notificar a la Asamblea Nacional, en la persona de su Presidente, Diputado Diosdado Cabello Rondón, sobre la presente decisión, a los fines de que ese Órgano Legislativo Nacional delibere sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de la ciudadana María Mercedes Aranguren Nassif. CUARTO: Se ordena remitir las actuaciones que conforman el presente antejuicio de mérito a la abogada Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República. QUINTO: Se ordena notificar de la presente decisión a la abogada Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República y a la ciudadana María Mercedes Aranguren Nassif.
Palabras clave
antejuiciopeculadoasociación para delinquirlegitimación de capitalesinmunidad parlamentaria