Sentencia N° 80 — Sala Plena del TSJ, 23 de mayo de 2008

TSJ/SP, Sent. N° 80, Exp. 2007-00098, 10/07/2008
Expediente2007-00098
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2008-05-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados relacionados con un juicio de deslinde judicial de propiedades contiguas. El Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoátegui se declaró incompetente, mientras que el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de Monagas planteó el conflicto ante la Sala Plena. La Sala determinó que el terreno objeto del deslinde no tenía vocación agraria, sino urbana, y que el tribunal competente para conocer del recurso de apelación era el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoátegui.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que rielan en el expediente documentos en los cuales se evidencia el número de registro catastral del inmueble, expedido por la Alcaldía del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, un avalúo del terreno en el que no consta la vocación agrícola de las tierras –no hay señalamiento de construcciones-, y planillas de liquidación de pago de impuestos por inmuebles urbanos, correspondientes a los terrenos objeto de deslinde, lo que en suma conlleva a concluir la vocación urbana de los mismos. Así las cosas, esta Sala determina que, vista la vocación urbana del terreno objeto de deslinde, y que no consta en autos que en el inmueble se lleve a cabo algún tipo de actividad agraria, la naturaleza del asunto a debatir es civil y, por ende, el tribunal competente para conocer del recurso de apelación ejercido es el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; y así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: Que es competente para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. SEGUNDO: Que el Juzgado competente para conocer del recurso de apelación en la demanda de deslinde de propiedades contiguas del lote de terreno que forma parte del Fundo Las Lagunitas, ubicado en el Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, es el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.

Palabras clave

deslinde judicialconflicto de competenciavocación urbanaJuzgado Superiorpropiedades contiguasLey de Tierrascompetencia agrariainmuebles urbanos

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