Sentencia N° 8 — Sala Plena del TSJ, 1 de octubre de 2014

TSJ/SP, Sent. N° 8, Exp. 2013-000056, 15/01/2015
Expediente2013-000056
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaAgraria
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2014-10-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados del Estado Mérida, relacionado con una solicitud de título supletorio presentada por los ciudadanos Julio César Rojas y María Isabel Pedroza de Rojas. La Sala determinó que el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario era el competente para conocer y decidir sobre la solicitud, dado que los bienes involucrados estaban dedicados a actividades agrarias y pertenecían al Instituto Nacional de Tierras (INTI).

Extracto de la motiva

La Sala Plena asume la competencia para conocer el conflicto negativo planteado y decidir la regulación de competencia solicitada de oficio por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Se establece que el conflicto negativo de competencia se ha planteado entre tribunales que pertenecen a distintos ámbitos de competencia (civil y agraria), de los cuales no conoce una sola Sala de este Alto Tribunal que se pudiera calificar de afín, de manera que la Sala Plena es el órgano judicial competente para conocer de tal caso. En virtud de las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado y decidir la regulación de competencia solicitada de oficio por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

Dispositiva

1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado y decidir la regulación de competencia solicitada de oficio por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. 2. Que CORRESPONDE al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida la competencia para conocer y decidir la solicitud de título supletorio interpuesta por los ciudadanos Julio César Rojas y María Isabel Pedroza de Rojas. 3. Se ORDENA la remisión del expediente, junto con oficio al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

Palabras clave

conflicto de competenciatítulo supletoriojurisdicción agraria

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