Sentencia N° 8 — Sala Plena del TSJ, 16 de marzo de 2011

TSJ/SP, Sent. N° 8, Exp. 2011-000043, 05/04/2011
Expediente2011-000043
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-03-16
DecisiónNo Acepta la declinatoria de competencia

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en relación con el proceso penal seguido contra Hernán Claret Alemán Pérez por delitos de malversación de fondos públicos y otros. La Sala determinó que la declinatoria no era procedente, ya que los hechos imputados ocurrieron antes de la juramentación del imputado como diputado, por lo que no se aplicaba la inmunidad parlamentaria en este caso. Se ordenó la continuación del proceso penal en el tribunal de origen.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara que: 1. NO ACEPTA la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, para conocer del proceso penal contra el ciudadano Hernán Claret Alemán Pérez, por la presunta comisión de los delitos de malversación genérica de fondos públicos, peculado doloso, evasión de procedimientos de licitación u otros controles y concertación ilícita con contratistas. En consecuencia, ORDENA remitir el expediente al referido tribunal, para que continúe la tramitación de la causa. 2. NO ACEPTA la declinatoria de competencia planteada por la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a los fines de tramitar y resolver la incidencia de la recusación interpuesta por el abogado Marcos Salazar Huerta, en su condición de defensor del ciudadano Hernan Claret Alemán Pérez, contra el Juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. En consecuencia, ORDENA remitir el cuaderno separado al referido tribunal, a los fines de que resuelva la incidencia de recusación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara que: 1. NO ACEPTA la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, para conocer del proceso penal contra el ciudadano Hernán Claret Alemán Pérez, por la presunta comisión de los delitos de malversación genérica de fondos públicos, peculado doloso, evasión de procedimientos de licitación u otros controles y concertación ilícita con contratistas. En consecuencia, ORDENA remitir el expediente al referido tribunal, para que continúe la tramitación de la causa. 2. NO ACEPTA la declinatoria de competencia planteada por la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a los fines de tramitar y resolver la incidencia de la recusación interpuesta por el abogado Marcos Salazar Huerta, en su condición de defensor del ciudadano Hernan Claret Alemán Pérez, contra el Juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. En consecuencia, ORDENA remitir el cuaderno separado al referido tribunal, a los fines de que resuelva la incidencia de recusación.

Palabras clave

inmunidad parlamentariadelitos de corrupciónproceso penal

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