Sentencia N° 79 — Sala Plena del TSJ, 23 de mayo de 2008

TSJ/SP, Sent. N° 79, Exp. 2007-00070, 10/07/2008
Expediente2007-00070
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2008-05-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Barinas. La Sala determinó que el Juzgado competente para conocer de la acción mero declarativa interpuesta por Mariela Alejandra Trejo es el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, al considerar que la naturaleza de la relación jurídica es civil y no afecta los derechos de los menores involucrados en la causa. La decisión fue tomada en base a la jurisprudencia y normas aplicables a la materia.

Extracto de la motiva

En forma previa, corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la competencia para conocer del presente caso. En tal sentido se observa lo siguientes: El cardinal 51 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, establece que: “Artículo 5. Es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República: (…omissis…) 51. Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior y común a ellos en el orden jerárquico, remitiéndolo a la Sala que sea afín con la materia y naturaleza del asunto debatido”. Ahora bien, a los fines de determinar a cuál de las Salas de este Supremo Tribunal corresponde dirimir los conflictos de competencia suscitados entre tribunales que no tengan un superior común a ellos, esta Sala Plena ha señalado que debe atenderse al criterio de afinidad entre la materia debatida y las competencias de cada Sala, a menos que los tribunales en conflicto pertenezcan a distintas jurisdicciones y no resulte posible determinar cuál es la naturaleza o carácter del asunto debatido, en cuyo caso la competencia corresponderá a esta Sala Plena (al respecto vid. sentencias número 24, publicada el 26 de octubre de 2004, caso: Domingo Manjarrez y número 1, publicada el 17 de enero de 2006, caso: José Miguel Zambrano). En el caso sub júdice, se planteó un conflicto negativo de competencia –por razón de la materia- entre el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial, y siendo que entre ellos no existe un Tribunal superior común en el orden jerárquico afín por razón de la materia que resuelva el conflicto planteado, esta Sala Plena resulta competente para conocer y decidir el referido conflicto de competencia; y así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es competente para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Que el Juzgado competente para conocer de la acción mero declarativa interpuesta por la ciudadana MARIELA ALEJANDRA TREJO, asistida de abogado, contra el ciudadano NELSON JARA CASTILLO, es el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Envíese copia certificada de la presente decisión al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.

Palabras clave

conflicto de competenciaacción mero declarativaunión concubinariajurisdicción civilinterés superior de los niñostribunales especializadoscompetencia material

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