Sentencia N° 78 — Sala Plena del TSJ, 31 de octubre de 2013
TSJ/SP, Sent. N° 78, Exp. 2013-000123, 31/10/2013
Expediente2013-000123
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
Materia—
Tipo de recurso—
Fecha de la decisión2013-10-31
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de diferimiento de la audiencia pública presentada por la ciudadana María Mercedes Aranguren Nassif, asistida por sus abogados defensores. La solicitud fue desestimada, ya que se constató que la parte peticionante había tenido acceso pleno al expediente y tiempo suficiente para preparar su defensa. La Sala consideró que no había justificación para postergar la audiencia pública programada.
Extracto de la motiva
La parte, acá peticionante, tuvo acceso y tiempo para conocer, preparar y ejercer sus argumentos de defensa; todo conforme a lo establecido en el artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; razón suficiente para desestimar la solicitud de diferimiento que hacen los peticionantes, toda vez que ya contaban con el conocimiento pleno de las actuaciones de marras, por lo que no justifica la atención de esta Sala Plena para postergar o diferir el acto de audiencia pública pautada para el día y la hora en que fue convocada.
Dispositiva
Se niega la solicitud de diferimiento de la audiencia pública, propuesta por la ciudadana MARÍA MERCEDES ARANGUREN NASSIF, asistida por los abogados defensores privados LUIS FELIPE BLANCO SOUCHON y CARLOS EDUARDO SALAZAR MEJÍAS. Estando las partes a derecho. Así se declara.