Sentencia N° 77 — Sala Plena del TSJ, 18 de diciembre de 2014

TSJ/SP, Sent. N° 77, Exp. 2014-000060, 18/12/2014
Expediente2014-000060
PonenteYRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoDesestimacion
Fecha de la decisión2014-12-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar la solicitud de desestimación de la denuncia interpuesta por la Fiscala General de la República, Luisa Ortega Díaz, contra Diosdado Cabello Rondón, Presidente de la Asamblea Nacional. La denuncia fue presentada por Teodoro Petkoff, quien alegaba irregularidades en la presentación de poderes para acusaciones en su contra. La Sala concluye que no se desprenden hechos que constituyan un delito, por lo que se ordena el archivo definitivo de las actuaciones.

Extracto de la motiva

La denuncia presentada en este caso fue recibida por el Ministerio Público el día 17 de marzo de 2014, y el 29 de abril del mismo año, la Fiscala General de la República mediante escrito motivado solicitó ante esta Sala su desestimación, de lo cual se desprende el ejercicio tempestivo de esa actuación procesal, toda vez que fue realizada dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la recepción de la referida denuncia. Así se declara. Con relación a la denuncia interpuesta, observa esta Sala del escrito supra transcrito que el denunciante solicita que se inicie una investigación penal contra DIOSDADO CABELLO RONDÓN, Diputado y Presidente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, por otorgar uno o dos poderes de manera irregular, y que a decir del denunciante, configuran el delito de valimiento de funcionario, y que según sus dichos podría constituirse en el delito de peculado de uso, lo cual pudiera constituir, en su criterio, hechos punibles contemplados en la Ley Contra la Corrupción, en la Ley contra la Delincuencia Organizada y el Código Penal Vigente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1. Que es COMPETENTE para conocer la presente solicitud de desestimación de denuncia presentada por la Fiscala General de la República Bolivariana de Venezuela. 2. CON LUGAR la presente solicitud de desestimación de la denuncia interpuesta por el Ministerio Público. 3. ORDENA la devolución de las actuaciones al Ministerio Público, a los fines de su archivo definitivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 284 eiusdem y el artículo 114 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 4. ORDENA notificar y remitir copia certificada del presente fallo a la Fiscala General de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadana LUISA ORTEGA DÍAZ, a los fines de que conozca el contenido de la presente sentencia. 5. ORDENA notificar y remitir copia certificada del presente fallo al ciudadano DIOSDADO CABELLO RONDÓN, quien ocupa el cargo de Diputado y Presidente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que conozca el contenido de la presente sentencia.

Palabras clave

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