Sentencia N° 75 — Sala Plena del TSJ, 26 de septiembre de 2010
TSJ/SP, Sent. N° 75, Exp. 2010-000030, 13/12/2012
Expediente2010-000030
PonenteYRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2010-09-26
DecisiónNO ES COMPETENTE
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Primero de Primera Instancia y el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. El conflicto surgió a raíz de un recurso de apelación interpuesto por la demandada contra un fallo que declaró con lugar una demanda de desalojo. Ambos juzgados se declararon incompetentes para conocer del recurso, lo que llevó a la remisión del expediente a la Sala Plena.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Que NO ES COMPETENTE para resolver el conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Que corresponde a la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia la resolución del referido conflicto negativo de competencia, por lo que SE DECLINA la competencia para conocer del mismo en la referida Sala. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia.