Sentencia N° 73 — Sala Plena del TSJ, 17 de octubre de 2012

TSJ/SP, Sent. N° 73, Exp. 2009-000240, 13/12/2012
Expediente2009-000240
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoDesestimacion
Fecha de la decisión2012-10-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, decidió sobre la solicitud de desestimación de la denuncia presentada contra el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías por presunto abuso de funciones. La denuncia fue interpuesta por la Asociación Civil 'Defensores Populares de la Nueva República D.P.R.' y se basaba en inconformidades respecto a ascensos militares. La Sala concluyó que los hechos denunciados no constituyen delito alguno, ya que las acciones del Presidente estaban dentro de sus atribuciones constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala Plena considera que los hechos denunciados no encuadran en el supuesto de hecho del delito previsto en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción, ni de ninguna norma jurídico-penal, no constituyen delito alguno, pues carecen de uno de sus elementos constitutivos como condición sine qua non, es decir, la tipicidad, aún cuando los mismos lo denominen corrupción, esta calificación no se encuentra ajustada a la realidad, pues de la investigación e interpretación de las normas señaladas que, en este sentido llevó a cabo el Ministerio Público, no se desprende la comisión de hecho punible alguno; es así como de la denuncia efectuada solo se desprende la inconformidad de los denunciantes en la aplicación de los artículos 152 y 159 de la Ley Orgánica que rige las Fuerzas Armadas respecto al proceso de los ascensos militares.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud formulada por la abogada EMYLCE RAMOS JULIO, en su condición de Fiscal Sexagésima Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se ACUERDA la desestimación de la denuncia presentada por los miembros de la Asociación Civil “Defensores Populares de la Nueva República D.P.R.”, contra el ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, en su condición de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión del delito de abuso de funciones, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Contra la Corrupción. En consecuencia, ordena devolver las presentes actuaciones al Ministerio Público, conforme lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 114 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para su archivo definitivo.

Palabras clave

desestimacióndenunciaabuso de funcionesHugo ChávezMinisterio Público

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