Sentencia N° 68 — Sala Plena del TSJ, 9 de mayo de 2016
TSJ/SP, Sent. N° 68, Exp. 2015-000104, 22/09/2016
Expediente2015-000104
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2016-05-09
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre tribunales de primera instancia en función de control y un tribunal de municipio ordinario en el estado Falcón, relacionado con la presunta comisión del delito de homicidio por adolescentes. Se determinó que la competencia para conocer del caso corresponde a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Sala Especial Accidental de la Sección Penal de Adolescentes, debido a que los tribunales de primera instancia se declararon incompetentes en razón del territorio y materia.
Extracto de la motiva
motivado, en otro Tribunal que considere pertinente. … Sin embargo, la disposición legal de carácter orgánico prevista en el artículo 666 ejusdem, les otorga la competencia a los Juzgados de Municipio para conocer funciones de Juez de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, en los lugares no funcione un tribunal de control. … A mayor abundamiento, considera pertinente hacer mención a la Resolución N° IM012015000015, de fecha 16 de julio de 2015, expediente N° IP01-D-2015-000379, dictada por la Corte de Apelaciones sección Penal Adolescente del estado Falcón, con sede en el Circuito Judicial Penal, extensión Coro, en la que señaló: ´… En consecuencia, no comprende esta Sala cómo habiéndose tramitado por ese Tribunal Segundo del Municipio Carirubana, actuando como Tribunal de Primera Instancia de Control del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, a tenor de lo establecido en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asuntos penales seguidos contra adolescentes, proceda, sin auto o decisión fundada, sino mediante oficio, a desprenderse del conocimiento de los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 28 asuntos penales que les son sometidos a su jurisdicción y competencia, por considerar la resolución N° 170 del 01/04/2000, publicada en la gaceta Oficial (Sic) de la República N° 313.289, cuando la misma también se encontraba en vigencia para la multiplicidad de casos que, con anterioridad, conoció y resolvió con tal carácter. Ello así, debe indicarse que la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ha sido sabia al determinar la competencia de la investigación y de la Función de Control en los Juzgados de Municipio, cuando en esos lugares no funcionen los Juzgados de Primera Instancia de Control en dicha materia especializada, por cuanto, como acontece en el caso que se analiza, la distancia territorial entre el lugar de los hechos y el Circuito Judi
Dispositiva
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer la regulación de competencia planteada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Taques del Estado Falcón. SEGUNDO: Declara COMPETENTE a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Sala Especial Accidental de la Sección Penal de Adolescentes, para conocer y decidir regulación oficiosa de competencia planteada en el presente caso. TERCERO: se ordena remitir el expediente a la precitada Corte de Apelaciones a objeto que decida la regulación de competencia planteada.