Sentencia N° 55 — Sala Plena del TSJ, 1 de enero de 2016
TSJ/SP, Sent. N° 55, Exp. 2015-000129, 11/08/2016
Expediente2015-000129
PonenteINDIRA M. ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaAgrario
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-01-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en un caso de nulidad por fraude procesal y nulidad de documentos, donde el demandante, el Municipio Falcón del Estado Cojedes, alegaba haber sido despojado de su derecho de propiedad sobre un matadero. La Sala determinó que el órgano jurisdiccional competente para conocer el caso era el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, dado que la materia del juicio correspondía a la jurisdicción agraria. La decisión se fundamentó en la naturaleza agraria del asunto y en la necesidad de preservar la seguridad agroalimentaria de la región.
Extracto de la motiva
La Sala advierte preliminarmente la existencia de sucesivas declinatorias de competencia, surgidas en la jurisdicción civil, la contencioso administrativa y la agraria; la primera planteada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, al considerar que la materia del juicio correspondía a la jurisdicción contencioso administrativa; la segunda por la Sala Político Administrativa, al establecer que la naturaleza del asunto que se discute es agrario, y por último el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, que se declaró incompetente para conocer del presente asunto por considerar que corresponde al Juzgado Superior Segundo Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, y de esta manera, planteó de oficio la solicitud de regulación de competencia ante la Sala Plena.
Dispositiva
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir la regulación de competencia surgida en virtud del conflicto de competencia planteado entre Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes y la Sala Político Administrativa de este Alto Tribunal. SEGUNDO: Que el órgano jurisdiccional COMPETENTE para conocer y decidir “(…) demanda de nulidad por fraude procesal y nulidad de documentos (…)”, interpuesta por el MUNICIPIO FALCÓN DEL ESTADO COJEDES, hoy MUNICIPIO TINAQUILLO DEL ESTADO COJEDES, asistido por el abogado Alfredo D’Ascoli Centeno, corresponde al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. TERCERO: Se ORDENA remitir el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, declarado competente.