Sentencia N° 55 — Sala Plena del TSJ, 18 de diciembre de 2014

TSJ/SP, Sent. N° 55, Exp. 2014-000048, 09/04/2015
Expediente2014-000048
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoDesestimacion
Fecha de la decisión2014-12-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, dictó sentencia en respuesta a la solicitud de desestimación de una denuncia presentada por varios diputados contra el Gobernador del estado Carabobo, Francisco José Ameliach Orta. La Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, argumentó que la denuncia carecía de fundamento penal, ya que no se especificaban hechos concretos que constituyeran un delito. La Sala, tras analizar los antecedentes y la solicitud, determinó que los hechos denunciados no revisten carácter penal y, por tanto, procedió a desestimar la denuncia.

Extracto de la motiva

La denuncia en cuestión fue sustentada en los siguientes términos: En fecha de (sic) 17 de Febrero (sic) del presente año 2014 a las diez y media de la noche (10:30pm [sic]), en su twitter el ciudadano FRANCISCO AMELIACH, actualmente Gobernador del Estado (sic) Carabobo escribió lo siguiente: “Unidades de batalla de Chávez a preparase (sic) para prepararse para el contra ataque (sic) fulminante, Diosdado dará la orden”. Eso fue (sic) lunes 17 en la noche y el martes bandas en motos resguardada (sic) por la Guardia Nacional hirieron 7 personas donde se destaca la joven GENESIS (sic) CARMONA Miss Turismo 2013 que posteriormente muere. Es evidente que de los hechos narrados surge la comisión de un hecho delictivo, el cual no nos corresponde calificar pero que se requiere ser investigado a fin de establecer la responsabilidad penal que corresponde al ciudadano FRANCISCO AMELIACH, pues bien es injustificable que un ciudadano investido (sic) de Gobernador de un Estado (sic), asuma una conducta como la que adopto (sic) este ciudadano, llamando a un grupo irregular a tomar una actitud violenta en contra de un grupo de persona (sic) manifestante (sic) quienes reclamaban sus derechos previsto (sic) en la Constitución, protestando por aspecto (sic) como la inseguridad, la inflación, el desabastecimiento y la deficiencia en los servicios público (sic) que caracteriza actualmente a nuestra sociedad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la presente causa. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de desestimación de la denuncia formulada el 21 de febrero de 2014, por los ciudadanos Julio Montoya, Miguel Pizarro, Ismael García, Alfonso Marquina, José Antonio España, Miguel Ángel Rodríguez y Jacinto Antonio Ochoa –los primeros, Diputados de la Asamblea Nacional, y el último, Diputado al Parlamento Latinoamericano–, contra el ciudadano Francisco José Ameliach Orta, actual Gobernador del estado Carabobo, por cuanto, como se verificó supra, los hechos señalados en la denuncia presentada no revisten carácter penal; y en consecuencia, se desestima la denuncia interpuesta. TERCERO: ORDENA REMITIR las presentes actuaciones al Ministerio Público para su archivo definitivo, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 284 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: ORDENA NOTIFICAR de la presente decisión al ciudadano Francisco José Ameliach Orta, a fin de que conozca el contenido de la sentencia y, de así considerarlo, ejerza las acciones legales correspondientes.

Palabras clave

denunciafiscaldesestimaciónproceso penallegitimaciónformalidadesacción pública

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