Sentencia N° 52 — Sala Plena del TSJ, 10 de julio de 2002
TSJ/SP, Sent. N° 52, Exp. 2001-055, 06/11/2002
Expediente2001-055
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-07-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia surgido entre la Sala Constitucional y la Sala Político Administrativa respecto a la nulidad de una Ordenanza Municipal. La Sala Constitucional había declinado su competencia, argumentando que la Ordenanza no fue dictada en ejecución directa de la Constitución, mientras que la Sala Político Administrativa también se declaró incompetente. Finalmente, la Sala Plena resolvió que la competencia corresponde a la Sala Constitucional, dado que la Ordenanza impugnada se relaciona con la ejecución de actividades económicas y su control constitucional.
Extracto de la motiva
El acto que se impugna a través del presente recurso, lo constituye la Ordenanza de Impuesto de Patente de Industria y Comercio aprobada por el Concejo Municipal del Municipio Simón Planas del Estado Lara, aprobada en sesión extraordinaria N° 17, celebrada el 30 de octubre de 1996, publicada en la Gaceta Oficial del mencionado Municipio en octubre de 1996. La referida Ordenanza, señala en su artículo 1 los requisitos necesarios para desarrollar actividades industriales, comerciales, de servicios o de otra índole similar dentro de su jurisdicción. Asimismo, en su artículo 3 dispone que los sujetos pasivos en calidad de contribuyentes son aquellas personas naturales o jurídicas que realicen las actividades antes mencionadas con fines de lucro o remuneración. Finalmente, establece los impuestos correspondientes a cada actividad de conformidad con un Clasificador de Actividades Económicas que forma parte integrante de la Ordenanza. Así, en el código N° 3-1-3-1-01 referente a la ‘Destilación, Rectificación y Mezcla de Alcoholes. Elaboración de Alcoholes’ establece una alícuota (0/100) de uno (1) y un mínimo tributable anual de mil doscientos bolívares (Bs. 1.200,00). Por otra parte, en el código N° 6-1-0-7-08 para el ‘Mayor de bebidas Alcohólicas’ una alícuota (0/100) de cinco (5) y un mínimo tributable de mil doscientos bolívares (Bs. 1.200,00).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara COMPETENTE A LA SALA CONSTITUCIONAL DE ESTE TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad interpuesto en contra de los códigos números 3-1-3-1-01 y 6-1-0-7-08 del Clasificador de Actividades Económicas de la Patente de Industria y Comercio y Servicios Conexos de la Ordenanza de Impuesto de Patente de Industria y Comercio, aprobada por el Concejo del Municipio Autónomo Simón Planas del Estado Lara. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Sala Constitucional de este máximo Tribunal. Particípese de esta remisión a la Sala Político Administrativa.
Palabras clave
conflicto de competenciaordenanza municipalnulidadinconstitucionalidadpatente de industriacomerciojurisdicción constitucionalSala Plena