Sentencia N° 5 — Sala Plena del TSJ, 8 de agosto de 2018

TSJ/SP, Sent. N° 05, Exp. 2018-000032, 29/01/2019
Expediente2018-000032
PonenteJHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2018-08-08
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por los abogados de Eleazar de Jesús Claret Castillo, quien había interpuesto una demanda de ejecución de contrato contra Yaneth Margarita Zambrano Caridad. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia se declaró incompetente para conocer del caso, declinando la competencia a la Jurisdicción de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Posteriormente, los apoderados de la parte demandante solicitaron la regulación de competencia ante la Sala Plena del TSJ.

Extracto de la motiva

En estos casos, y dadas determinadas condiciones, pudiera eventualmente corresponder al Tribunal Supremo de Justicia decidir sobre la regulación de competencia (en la Sala afín con la materia debatida o en Sala Plena si dicha afinidad no puede determinarse), esta última hipótesis se plantea, únicamente si los tribunales involucrados en el mencionado conflicto carecen de un juzgado superior común. Por otra parte, la regulación de la competencia puede plantearse por otra vía completamente distinta. Esta es, cuando alguna de las partes en el proceso, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 68 o 69 del Código de Procedimiento Civil, solicite la regulación de la competencia como medio de impugnación, contra aquella sentencia en la cual el órgano jurisdiccional afirme su competencia o declare su incompetencia. En esa hipótesis, no ocurrida en este caso, se trata de un medio de impugnación de la sentencia en su punto sobre la competencia, cuya interposición corresponde a las partes, las cuales, de acuerdo con el artículo 71 del mismo Código, deben formular su solicitud ante el Juez que se haya pronunciado sobre la competencia, expresando las razones o fundamentos que se aleguen. Realizada esta solicitud, y según dispone la última de las normas mencionadas, “el juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación”. En esta segunda vía para la activación del mecanismo de regulación de la competencia, la decisión pudiera corresponder a este Máximo Tribunal, únicamente cuando la sentencia impugnada, mediante la solicitud de regulación de competencia, haya sido proferida por un juzgado superior. (…) Este criterio fue ratificado por la Sala Plena mediante sentencia número 59, dictada en fecha 25 de marzo de 2015 y publicada en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 7 de julio de 2015, de la manera siguiente: “(…) En el caso de autos, se observa que el ciudadano Audio Rocca Osorio, actuando en nombre propio, interpuso el 13 de marzo de 2009, solicitud de regulación de competencia contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 10 de ese mismo mes y año, en la cual ese juzgado se declaró incompetente, declinando en esta Sala Plena el conocimiento de la

Dispositiva

PRIMERO: su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la regulación de competencia solicitada por los abogados Yhoselyn Castillo y Elvis Yánez, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Eleazar de Jesús Claret Castillo, contra la sentencia de fecha 10 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en la causa signada con el N° 37951 (de la nomenclatura de dicho Tribunal), contentiva del juicio de Ejecución de Contrato. SEGUNDO: Declina la COMPETENCIA para conocer y decidir la regulación de competencia solicitada en la presente causa, al Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas.

Palabras clave

competenciaregulacióntribunalesprocedimiento civilimpugnación

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