Sentencia N° 49 — Sala Plena del TSJ, 9 de diciembre de 2003

TSJ/SP, Sent. N° 49, Exp. 2002-0133, 09/12/2003
Expediente2002-0133
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAntejuicio
Fecha de la decisión2003-12-09
DecisiónInadmisible

Resumen

El ciudadano Edgar Enrique Márquez interpuso una solicitud de antejuicio de mérito contra tres magistrados, alegando su responsabilidad en delitos de complot político y privación de libertad psíquica. El Juzgado de Sustanciación, tras analizar la solicitud, determinó que no se cumplían los requisitos necesarios para su admisibilidad, concluyendo que el solicitante no tenía la calidad de víctima en el sentido procesal. La decisión fue declarada inadmisible para su tramitación, siguiendo la doctrina establecida en un fallo anterior de la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

El Juzgado de Sustanciación estima que la presente solicitud es inadmisible para su tramitación, conforme con el ordinal 7° del artículo 84 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este Máximo Tribunal, en concordancia con la doctrina sentada por el fallo N° 1.331 del 20 de junio de 2002 de la Sala Constitucional. Así se decide. Habida cuenta de la inadmisibilidad de la presente solicitud, este Juzgado de Sustanciación se abstiene de pronunciarse en relación con la verosimilitud de los hechos imputados, siguiendo de igual modo el criterio sentado en el fallo anteriormente reseñado. Así se decide.

Dispositiva

Este Juzgado de Sustanciación de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE PARA SU TRAMITACIÓN la solicitud de antejuicio de mérito intentada por el ciudadano EDGAR ENRIQUE MÁRQUEZ, asistido por la abogada Carol Padilla Reyes, contra los ciudadanos Magistrados FRANKLIN ARRIECHE GUTIERREZ, HADEL MOSTAFÁ PAOLINI y BLANCA ROSA MARMOL DE LEÓN. Notifíquese, publíquese y regístrese.

Palabras clave

antejuiciocomplot políticoprivación de libertad psíquicavictimajurisprudenciaadmisibilidadCódigo PenalSala Plena

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