Sentencia N° 48 — Sala Plena del TSJ, 16 de abril de 2008
TSJ/SP, Sent. N° 48, Exp. 2006-00019, 04/06/2008
Expediente2006-00019
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-04-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena Accidental del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado de Primera Instancia Agraria. Se determinó que la causa, relacionada con la simulación y nulidad de un convenio de cesión de derechos reales, debía ser conocida por la jurisdicción civil ordinaria, dado que no se evidenció que el fundo en cuestión estuviera destinado a actividades agrarias. La Sala concluyó que la competencia corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Extracto de la motiva
La Sala Plena Accidental se declara competente para conocer del conflicto de competencia planteado, dado que se ha suscitado un conflicto negativo entre tribunales de distintas jurisdicciones. Se establece que la naturaleza de la acción es civil, ya que la controversia se centra en la simulación de un negocio jurídico relacionado con derechos reales sobre un fundo. La Sala concluye que la presente causa debe ser decidida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, ordenando la remisión del expediente a dicho juzgado.
Dispositiva
PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y el Juzgado de Primera Instancia Agraria, ambos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer de la demanda que cursa en autos corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena la remisión del expediente al referido juzgado.
Palabras clave
conflicto de competenciasimulaciónnulidadcesión de derechosjurisdicción civilfundocomunidad sucesoralderechos reales