Sentencia N° 46 — Sala Plena del TSJ, 27 de septiembre de 2006

TSJ/SP, Sent. N° 46, Exp. 2006-00136, 28/11/2006
Expediente2006-00136
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2006-09-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma circunscripción. La controversia surgió a raíz de la solicitud de entrega material de un vehículo automotor, donde ambas partes reclamaban la propiedad del mismo. La Sala determinó que el Juzgado Séptimo era el competente para conocer de la solicitud de entrega del vehículo, dado que el caso se enmarca dentro de la jurisdicción penal y no civil.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Séptimo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Que CORRESPONDE al Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, la competencia para conocer la solicitud de entrega material del vehículo formulada por las ciudadanas Mireya del Carmen Atencio Romero y Carmen Pastora Gómez Querales, antes identificadas.

Dispositiva

En mérito de lo antes expuesto, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Séptimo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. SEGUNDO: Que CORRESPONDE al Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, la competencia para conocer la solicitud de entrega material del vehículo formulada por las ciudadanas Mireya del Carmen Atencio Romero y Carmen Pastora Gómez Querales, antes identificadas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente.

Palabras clave

conflicto de competenciaentrega materialvehículo automotorjurisdicción penalpropiedadreclamacióntribunales

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