Sentencia N° 44 — Sala Plena del TSJ, 1 de enero de 2014

TSJ/SP, Sent. N° 44, Exp. 2013-000049, 14/08/2014
Expediente2013-000049
PonenteLuís Antonio Ortíz Hernández
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2014-01-01
DecisiónCompetente

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del estado Bolívar y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La demanda fue interpuesta por el Instituto de la Vivienda Obras y Servicios del estado Bolívar contra la Constructora Codosan, C.A. por reintegro de anticipo e indemnización de daños y perjuicios debido al incumplimiento de un contrato de obra.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia tiene atribuida la facultad para regular la competencia, siempre y cuando dicho conflicto competencial se suscite entre tribunales de distintas jurisdicciones. En este caso, se planteó un conflicto de no conocer entre tribunales que pertenecen a distintos ámbitos competenciales (uno civil y otro contencioso administrativo) que no existe una Sala con competencia afín a ambos, de conformidad con las premisas ante señaladas, esta Sala Plena asume la competencia para conocer el referido conflicto, y así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para resolver el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2.- Que CORRESPONDE a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, conocer y decidir sobre el fondo de la pretensión deducida por el Instituto de la Vivienda Obras y Servicios del estado Bolívar (INVIOBRASBOLIVAR), contra la sociedad mercantil Constructora Codosan, C.A. 3.- Se ORDENA la remisión del expediente, junto con oficio a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

competenciaconflictodemandatribunaljurisdicciónleyindemnización

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