Sentencia N° 42 — Sala Plena del TSJ, 15 de marzo de 2017

TSJ/SP, Sent. N° 42, Exp. 2016-000086, 15/06/2017
Expediente2016-000086
PonenteDr. JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2017-03-15
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos tribunales de instancia, el Juzgado Cuadragésimo Séptimo y el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente. El caso involucra al ciudadano Jhombleider Josué Arana Castañeda, acusado de varios delitos, y la Sala Plena determinó que no era competente para conocer la solicitud de regulación de competencia planteada por el Juzgado Cuadragésimo Séptimo, ya que corresponde a la Sala de Casación Penal decidir sobre el asunto.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia determinar su competencia para conocer y decidir sobre la regulación de competencia planteada de oficio por el Juzgado Cuadragésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de dirimir el conflicto de no conocer surgido entre dicho Tribunal y el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Al respecto, observa que el Código de Procedimiento Civil establece lo siguiente: “Artículo 70.- Cuando la sentencia declare la incompetencia del Juez que previno, por razón de la materia o por el territorio en los casos indicados en el artículo 47, si el Juez o Tribunal que haya de suplirle se considerare a su vez incompetente, solicitará de oficio la regulación de competencia. Artículo 71.- La solicitud de regulación de la competencia se propondrá ante el Juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aún en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El Juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación. En los casos del artículo 70, dicha copia se remitirá a la Corte Suprema de Justicia si no hubiere un Tribunal Superior común a ambos jueces en la Circunscripción. De la misma manera procederá cuando la incompetencia sea declarada por un Tribunal Superior”. De la lectura de dichas disposiciones y de su interpretación adecuada se desprende que cuando un tribunal se declara incompetente por la materia o por el territorio para conocer sobre una causa y la remita a otro tribunal que, en igual sentido, se declara incompetente, corresponderá al más Alto Tribunal de la República, hoy denominado Tribunal Supremo de Justicia, decidir cuál será el órgano judicial al cual le corresponda conocer del asunto que suscitó la regulación, salvo que los tribunales que se hubiesen declarado incompetentes tengan un tribunal superior común en la circunscripción, supuesto en el cual le corresponderá a ese tribunal conocer y decidir la regulación oficiosa de competencia.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Que es INCOMPETENTE para conocer y decidir la solicitud de regulación de competencia planteada por el Juzgado Cuadragésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al cual le fue remitido el expediente por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del señalado Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Que es COMPETENTE la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, para conocer y decidir dicha regulación de competencia. TERCERO: Se ORDENA remitir el expediente a la precitada Sala de Casación Penal.

Palabras clave

competenciatribunalesdelitosjurisdicciónhomicidiodrogasidentidad

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