Sentencia N° 41 — Sala Plena del TSJ, 6 de julio de 2022

TSJ/SP, Sent. N° 41, Exp. 2020-0000014, 21/09/2022
Expediente2020-0000014
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2022-07-06
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por el ciudadano Pedro José Materán Sánchez, quien impugnó la decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia que declaró su incompetencia en un caso de acción mero declarativa de reconocimiento de unión estable de hecho. La Sala Plena determinó que no era competente para resolver la solicitud de regulación de competencia debido a la existencia de un Tribunal Superior en el orden jerárquico que debía conocer el asunto.

Extracto de la motiva

En tal sentido, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el Artículo 71 del Código de Procedimiento Civil y acogiendo el criterio antes referido, resulta incompetente para conocer la solicitud de regulación de competencia planteada, en virtud de la existencia de un Tribunal Superior en el orden jerárquico al cual le corresponde la competencia, siendo en este caso el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana a quien corresponda previa distribución en virtud de ser éste el superior de la Circunscripción a la cual pertenece el tribunal que determinó su incompetencia. Así se declara.

Dispositiva

1.- Que es INCOMPETENTE para resolver la regulación de competencia solicitada por la parte actora, mediante diligencia de fecha 9 de enero de 2020, ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 71 del Código de Procedimiento Civil. 2.- ORDENA remitir el expediente al Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, a quien corresponda previa distribución, a fin de que se pronuncie sobre la solicitud de regulación de competencia planteada por la parte actora.

Palabras clave

competenciaregulacióntribunalesprocedimiento civiljusticia

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