Sentencia N° 39 — Sala Plena del TSJ, 24 de septiembre de 2002
TSJ/SP, Sent. N° 39, Exp. 2002-048, 24/09/2002
Expediente2002-048
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAntejuicio
Fecha de la decisión2002-09-24
DecisiónInadmisible
Resumen
El 25 de junio de 2002, Tulio Alberto Álvarez interpuso una querella para instar un antejuicio de mérito contra Hugo Rafael Chávez Frías, alegando delitos electorales. La Sala Plena del TSJ, tras analizar la solicitud, determinó que no se presentaron pruebas suficientes que acreditaran la verosimilitud de los hechos imputados. En consecuencia, se declaró inadmisible la solicitud de antejuicio de mérito.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional de este Alto Tribunal, dictó la decisión N° 1.331, caso Tulio Álvarez Vs. Fiscal General de la República, a través de la cual estableció un procedimiento especial, por el que la víctima de un delito del cual sea supuestamente responsable en lo penal un funcionario a quien la Constitución le confiere la prerrogativa procesal de antejuicio de mérito, de conformidad con los numerales 2 y 3 del artículo 266 del Texto Fundamental, puede solicitar el antejuicio ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Del mismo modo, en esa ocasión, la Sala Constitucional sentó que la instancia judicial encargada de determinar la admisibilidad de las solicitudes que se formularen en tal sentido, es el Juzgado de Sustanciación de la Sala Plena. En efecto, la referida sentencia sentó textualmente: “Si la víctima pide el antejuicio, ella será quien aporte las pruebas, que hagan verosímil los hechos imputados, y ante la falta de regulación en la ley del desarrollo de este antejuicio, considera la Sala que el Juzgado de Sustanciación de la Sala Plena, según las pruebas aportadas, admitirá o negará la petición, para su tramitación, en fallo apelable ante la Sala Plena en el término ordinario y, de considerarse admisible la petición, la Sala Plena la enviará, con sus recaudos y el auto de admisión, al Ministerio Público”.
Dispositiva
1) Declara INADMISIBLE PARA SU TRAMITACIÓN la solicitud de antejuicio de mérito intentada por el ciudadano TULIO ALBERTO ÁLVAREZ, contra el ciudadano HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS, Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela. 2) ORDENA remitir copia certificada del presente expediente y el videocassette consignado como recaudo probatorio al Fiscal General de la República, ciudadano Julián Isaías Rodríguez Díaz, a los fines señalados en la parte motiva de este fallo.