Sentencia N° 36 — Sala Plena del TSJ, 30 de abril de 2008
TSJ/SP, Sent. N° 36, Exp. 2008-00067, 06/05/2008
Expediente2008-00067
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-04-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de abril de 2008, abordó la recusación presentada por el abogado David Alfredo Manrique contra la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño. La recusación se fundamentó en la supuesta enemistad manifiesta entre el recusante y la Magistrada, alegando que existían motivos de hecho y derecho que afectaban su imparcialidad. Sin embargo, la Sala determinó que no se había demostrado la existencia de tal enemistad, desestimando la recusación.
Extracto de la motiva
La Sala Plena, al analizar la recusación, destacó que la parte recusante no presentó pruebas contundentes que evidenciaran la supuesta enemistad. Se enfatizó que la enemistad debe ser manifiesta y no meramente presunta, y que el recusante no logró demostrar que existieran motivos que afectaran la imparcialidad de la Magistrada. Por lo tanto, se concluyó que la recusación carecía de fundamento y se declaró sin lugar.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado David Alfredo Manrique contra la Magistrada Doctora Luisa Estella Morales Lamuño, Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide.
Palabras clave
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