Sentencia N° 31 — Sala Plena del TSJ, 12 de mayo de 2010
TSJ/SP, Sent. N° 31, Exp. 2009-000012, 22/06/2010
Expediente2009-000012
PonenteISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-05-12
DecisiónNo existe conflicto de competencia
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia. La controversia surgió a raíz de un juicio de nulidad de procedimiento administrativo iniciado por la Cooperativa Santa Pascua 6233 contra dos ciudadanos por la presunta invasión de un terreno. La Sala concluyó que no existía un conflicto de competencia que debiera ser resuelto, ya que el juez de control había agotado su jurisdicción al declarar el sobreseimiento de la causa penal por falta de tipicidad en los hechos imputados.
Extracto de la motiva
La regulación de competencia es el mecanismo procesal previsto en el Código de Procedimiento Civil, con la finalidad de dirimir las cuestiones de competencia que puedan surgir durante el juicio. En particular, el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, regula el supuesto de que surja un conflicto entre dos (2) jueces que se abstienen de conocer la causa, por considerar que carecen de competencia para ello, en cuyo caso establece el deber de plantear de oficio la regulación de competencia. En este sentido, cabe precisar que los conflictos de competencia surgidos entre jueces que se abstienen de conocer de la causa, deben ser conocidos por el Tribunal Superior común, y en su defecto, por la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 eiusdem.
Dispositiva
1) Que no existe CONFLICTO DE COMPETENCIA que deba ser decidido por esta Sala Plena. 2) Se ordena el ARCHIVO JUDICIAL de la presente causa. 3) Remítase copia de la presente decisión al Instituto Nacional de Tierras con sede en el estado Zulia.