Sentencia N° 3 — Sala Plena del TSJ, 27 de noviembre de 2002

TSJ/SP, Sent. N° 3, Exp. 03-030, 14/01/2003
Expediente03-030
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-11-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de nulidad presentada por Luis Daniel Ortíz respecto al Concurso de Oposición para el Ingreso a Jueces de la Categoría 'A'. El recurrente alegó que los avisos publicados no cumplían con los requisitos establecidos en las Normas de Evaluación y Concursos de Oposición, impidiendo así el ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos. La Comisión de Evaluación, por su parte, argumentó que los requisitos fueron cumplidos en un aviso previo y que no era necesario repetir la información en los avisos posteriores.

Extracto de la motiva

El aviso publicado en el diario “El Universal” en fecha 26 de abril del año 2002, es contentivo de la información acerca del lugar, hora y fecha a celebrarse el concurso allí especificado y de la lista de los aceptados a concursar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de las Normas de Evaluación y Concursos de Oposición para el Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial, y no se refiere como señala el denunciante, a la publicación en prensa contenida en el artículo 20 ibidem, para dar a conocer los nombres de los aspirantes a los fines de que la comunidad informe a la Comisión, las observaciones y objeciones acerca de los mismos. El aviso que debía publicarse en prensa de conformidad con lo estipulado en el artículo 20 antes mencionado, como informa la Comisión, fue publicado en el diario “El Universal”, en fecha 08 de abril del año 2002, y contiene todos los datos acerca de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a los fines de su localización para la presentación de las observaciones u objeciones que la comunidad tuviere a bien efectuar, no generándose en consecuencia, el desconocimiento por parte de la población, de la ubicación de la Magistratura para tales efectos, publicación ésta distinta a las mencionadas y consignadas por el solicitante junto con el escrito de nulidad, pues como ya se indicó, las publicaciones a las que hace referencia, son contentivas de la información acerca de las pruebas que se indican en el artículo 21 de las Normas de Evaluación y Concursos de Oposición para el Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial, y en las cuales no se requiere la dirección o localización de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, pues la norma en cuestión es del tenor siguiente: “Artículo 21: CELEBRACIÓN DEL CONCURSO. El lugar, hora y fecha en que se celebrará el concurso, así como la lista de los aceptados para concursar, se publicará en diarios de amplia circulación nacional. La duración de las pruebas será determinada por el jurado, en atención al número de aspirantes. De tal manera, el jurado podrá disponer que los ejercicios del examen se efectúen el mismo día o en varios; pero garantizará la igualdad de los concursantes, respecto a la complejidad, tiempo disponible y facilidades. El contenido del examen será preparado previamente por el jurado y se mantendrá en total confidencialidad hasta el momento de aplicar cada prueba. Tanto el ejercicio escrito como el práctico serán iguales para todos los concursantes y abarcarán temas relativos a las materias que sean de la competencia del cargo del objeto del concurso.”

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud formulada por el abogado Luis Daniel Ortíz, a los fines de la declaratoria de nulidad del Concurso de Oposición para el Ingreso a Jueces de la Categoría “A” correspondiente a las Cortes de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Publíquese y regístrese. Archívese al expediente.

Palabras clave

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