Sentencia N° 28 — Sala Plena del TSJ, 4 de mayo de 2011
TSJ/SP, Sent. N° 28, Exp. 2009-000014, 02/08/2011
Expediente2009-000014
PonenteDr. JUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2011-05-04
DecisiónCompetente
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario del Estado Apure y el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario del Estado Barinas. La controversia surgió a raíz de la nulidad de asientos de registro relacionados con contratos de venta de terrenos. La Sala determinó que el conocimiento del caso corresponde a los tribunales civiles ordinarios, dado que la acción propuesta es de naturaleza civil y no agraria, a pesar de que los terrenos involucrados son rústicos y susceptibles de explotación agrícola.
Extracto de la motiva
En el presente juicio se pretende la nulidad de dos asientos de registro realizados con ocasión a la venta celebrada entre particulares sobre predios rústicos ubicados en jurisdicción del Municipio Arismendi del estado Barinas, que no consta en autos que se realice actividad agropecuaria y la controversia planteada no está relacionada con actividades de esta naturaleza, se concluye que la acción propuesta es de naturaleza esencialmente civil. Así se decide.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. 2.- Que CORRESPONDE al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, la competencia para conocer del juicio de nulidad de asientos de registro con ocasión de contratos de venta seguido por la sociedad mercantil AGROPECUARIA GUANAPARO C.A., contra la sociedad mercantil AGROPECUARIA LOS DRAGUITOS C.A. y el ciudadano EDUARDO ANTONIO MOTA. 3.- Se ORDENA la remisión del expediente, junto con oficio, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en materia civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Palabras clave
competencianulidadasientos de registropredios rústicosactividad agrariatribunales civiles