Sentencia N° 27 — Sala Plena del TSJ, 2 de abril de 2008

TSJ/SP, Sent. N° 27, Exp. 2007-00144, 30/04/2008
Expediente2007-00144
PonenteDr. JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2008-04-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y el Juzgado Superior Segundo Agrario, relacionado con una demanda de resolución de contrato presentada por CAVIM contra Agropecuaria Las Ánimas. La Sala determinó que el contrato en cuestión no era administrativo, sino que se trataba de un contrato agrario entre particulares, lo que llevó a declarar la competencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua para conocer de la demanda.

Extracto de la motiva

La Sala Plena advierte que, en el caso de autos, del contenido de las disposiciones contractuales que vinculan a las partes, se desprende que el contrato en cuestión no reúne los elementos necesarios para calificarlo como un contrato administrativo, en virtud de que la producción de cultivos agrícolas que ejecuta la sociedad mercantil Agropecuaria Las Ánimas en unos terrenos pertenecientes a la empresa del Estado Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), así como su posterior venta, con el objeto de obtener un beneficio económico para ambas, no se constituye en la prestación de un servicio público o la satisfacción de algún interés general, sino que, por el contrario, es una actividad de interés personal con fines lucrativos, celebrada como si fueran particulares, enmarcada en un contrato de contenido agrario, en razón de lo cual, con base en el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil, a fin de determinar el juez competente para conocer de su resolución se analiza de seguida la legislación agraria correspondiente.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay Estado Aragua, y el Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes. 2.- Que le CORRESPONDE al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, la competencia para decidir la resolución del contrato incoada por la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA VENEZOLANA DE INDUSTRIAS MILITARES (CAVIM), contra la sociedad mercantil AGROPECUARIA LAS ÁNIMAS, C.A. 3.- Se ORDENA la remisión del expediente, junto con oficio, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.

Palabras clave

conflicto de competenciaresolución de contratojurisdicción agrariacontrato agrarioCAVIMAGROPECUARIA LAS ÁNIMASEstado Araguacompetencia judicial

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