Sentencia N° 24 — Sala Plena del TSJ, 10 de marzo de 2010

TSJ/SP, Sent. N° 24, Exp. 2009-000052, 09/06/2010
Expediente2009-000052
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2010-03-10
DecisiónSe declara la competencia del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. La controversia surgió a raíz de una demanda de nulidad de asiento registral presentada por varios ciudadanos contra otras personas, relacionada con la protocolización de un documento de compraventa. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer de la demanda es el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Extracto de la motiva

Después de las consideraciones que fueron expuestas, esta Sala Plena pasa a precisar cuál es el órgano jurisdiccional con competencia material para el juzgamiento de la demanda que cursa en autos. Así, de la revisión de las actas conformantes del expediente, se evidencia que el conflicto negativo de competencia en el caso sub iudice emergió con motivo de la demanda de nulidad de asiento registral que incoaron los ciudadanos Dilcia Coromoto Castillo Guédez, Armando Antonio Castillo Guédez, Raúl Antonio Castillo Guédez y María De Las Mercédez Castillo Guédez contra las ciudadanas Carmen Elena Castillo Guédez y Yasmín Del Carmen Escalona Guédez, por causa de la protocolización del documento de compraventa ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio Moran del Estado Lara, el 22 de junio de 2006, bajo el n.° 24, folios 106 al 111, tomo sexto, protocolo primero, segundo trimestre de 2006. En este caso, la parte actora alegó que el documento de compraventa que había sido protocolizado contenía datos y linderos que “no se corresponden con la realidad, lo cual les causa un perjuicio irreparable, por cuanto, según este documento la ciudadana YASMIN DEL CARMEN ESCALONA GUEDEZ, se toma como propio, parte de terreno que como señala el mismo documento por el cual, ella adquirió, es propiedad de nuestro legítimo padre ANGEL MARIA CASTILLO (hoy sucesión Castillo)”. En ese sentido, la reiterada jurisprudencia de la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia ha señalado que, cuando se impugne una inscripción que ha realizado el Registrador, la competencia está atribuida a los juzgados ordinarios de la Circunscripción Judicial del lugar donde se encuentre ubicado el Registro al cual se le imputan las irregularidades. Este criterio se ha mantenido en forma pacífica, aun cuando la ley que regula la materia de registro ha sido modificada en distintas oportunidades.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para la decisión del conflicto negativo de competencia que se planteó entre el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. SEGUNDO: Que el Tribunal COMPETENTE para el conocimiento y decisión de la demanda de nulidad de asiento registral que incoaron los ciudadanos Dilcia Coromoto Castillo Guédez, Armando Antonio Castillo Guédez, Raúl Antonio Castillo Guédez y María De Las Mercédez Castillo Guédez contra las ciudadanas Carmen Elena Castillo Guédez y Yasmín Del Carmen Escalona Guédez, es el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al cual deberán remitirse los autos inmediatamente para que conozca y decida el asunto.

Palabras clave

competenciaregistrojurisdiccióninscripciónderechostribunalesactos administrativos

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