Sentencia N° 23 — Sala Plena del TSJ, 5 de junio de 2024

TSJ/SP, Sent. N° 23, Exp. 2022-000028, 03/10/2024
Expediente2022-000028
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2024-06-05
DecisiónSe declara competente

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo, ambos de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas. El caso se originó a raíz de una demanda de tacha de falsedad de documento presentada por Wuilson Alexander Rojas contra César Rafael Maldonado, donde se alegó la falsedad de un contrato de arrendamiento.

Extracto de la motiva

Dentro de este orden de ideas y verificados los requisitos precedentes, se evidencia que en el presente asunto han sido atacados de falsos el conjunto de documentos públicos administrativos preparatorios para la expedición del contrato administrativo ejidal, los cuales, aunque no se encuentran contenidos en un documento contractual, demuestran la voluntad de la administración, en este caso, la Alcaldía del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, para contratar, con el particular, ciudadano CÉSAR RAFAEL MALDONADO sobre un lote de terreno de la municipalidad, y así expedir a su favor el contrato de arrendamiento N° A-476, de fecha 14.10.2015, objeto de este asunto, y el cual se pretende en definitiva se declare su falsedad, y consecuente nulidad; por lo que en corolario, se tiene un contrato de arrendamiento ejidal, que por su objeto y fin, es sin dudas un contrato administrativo bilateral. De ahí que, visto los documentos públicos administrativos que se pretenden tachar, y que conforman el contrato de arrendamiento ejidal emitido por la Alcaldía del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, el cual llena las condiciones de un contrato administrativo bilateral, y del cual se pretende su declaratoria de falsedad y consecuente nulidad, que quede demostrado, que para el trámite del presente asunto, aplique el fuero atrayente de la jurisdicción contencioso administrativa, y que por ende, sea dicha jurisdicción, la competente para conocer y tramitar el presente Asunto, a través de los Juzgados Superiores Estadales Contencioso Administrativos, puesto que tal como lo establece la Ley Orgánica de Jurisdicción Contencioso Administrativa en su artículo 8: (…Omissis…) En consecuencia, esgrimido lo que antecede, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer y decidir el presente asunto, contentivo de demanda de tacha de falsedad de documentos públicos administrativos, interpuesta por el ciudadano WILSON ALEXANDER ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 15.634.453, asistido por las abogadas LEDYS SOTILLO y GLADIS QUIÑONES, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 99.693 y 103.191, resultando así, forzosamente la declaratoria ha lugar de la cuestión previa N° 1 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por los apoderados judiciales de la parte accionada, abogados CARLOS RAUL ZAMORA y WILSON ANDRES ÁLVAREZ; y en consecuencia se declara que el órgano jurisdiccional competente para conocer de la presente causa es EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO AMAZONAS; ante quien se procede a declinar la competencia, y así se establece…

Dispositiva

Se declara competente para conocer de la regulación oficiosa de competencia surgida producto del conflicto negativo por la materia suscitado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas y el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas.

Palabras clave

competenciajurisdiccióncontrato administrativofalsedaddocumentos públicosarrendamientoadministración pública

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