Sentencia N° 23 — Sala Plena del TSJ, 8 de mayo de 2003
TSJ/SP, Sent. N° 23, Exp. 2002-051, 08/05/2003
Expediente2002-051
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAntejuicio
Fecha de la decisión2003-05-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de antejuicio de mérito presentada por Alejandro Terán Martínez en representación de la Asociación Civil de Juristas y Abogados Litigantes de Venezuela contra Hugo Rafael Chávez Frías y Rafael Ramírez. La decisión se basa en la falta de legitimidad de la asociación solicitante como víctima del delito denunciado, ya que no se acredita que la acción delictiva afecte intereses colectivos o difusos distintos al del Estado.
Extracto de la motiva
Por ser inadmisible la solicitud planteada al no ser víctima la asociación solicitante del delito denunciado, no se hace menester examinar la verosimilitud de los hechos imputados. Así igualmente se decide.
Dispositiva
1) Declara que NO HA LUGAR la solicitud de antejuicio de mérito intentada contra el ciudadano ALÍ RODRÍGUEZ ARAQUE, Presidente de la empresa Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA). 2) Declara INADMISIBLE PARA SU TRAMITACIÓN la solicitud de antejuicio de mérito intentada por el abogado ALEJANDRO TERÁN MARTÍNEZ, en representación de la ASOCIACIÓN CIVIL DE JURISTAS Y ABOGADOS LITIGANTES DE VENEZUELA, contra los ciudadanos HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS, Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, y RAFAEL RAMÍREZ, Ministro de Energía y Minas.