Sentencia N° 221 — Sala Plena del TSJ, 3 de octubre de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 221, Exp. 2006-00059, 31/10/2007
Expediente2006-00059
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2007-10-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Circuito Judicial Laboral, ambos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La Sala determinó que la competencia para conocer de la demanda de tercería interpuesta por trabajadores de la sociedad mercantil La Casa del Tequeño C.A. corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario, dado que la naturaleza de la demanda es civil y no laboral, como habían alegado los juzgados inferiores.

Extracto de la motiva

La intervención de terceros es una figura procesal que posibilita el ingreso al proceso de aquellas personas que no son demandantes ni demandados originarios, a los fines de que, teniendo interés legítimo, hagan valer sus derechos frente a las partes. En el caso bajo análisis, observa esta Sala que la demanda de tercería incoada por los trabajadores, contra las partes contendientes del juicio principal de desalojo, tiene por objeto, que el Juez declare que ellos, por ser trabajadores de la sociedad mercantil demandada, gozan del privilegio de ser pagados antes que el propietario del inmueble, al momento de ejecutar la medida cautelar otorgada. Por ello, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, primer tribunal en declarase incompetente, erró al calificar la pretensión esgrimida como una demanda de contenido laboral, y declarar que la competencia correspondía a un tribunal laboral, por cuanto dicha pretensión es materia civil.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 2.- Que le corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la competencia para conocer la demanda de tercería en el juicio que por desalojo interpusiera el ciudadano Nicola Barresso, contra la sociedad mercantil La Casa del Tequeño C.A.

Palabras clave

conflicto de competenciaterceríadesalojocompetencia civiltrabajadoresprestaciones socialesmedida cautelar

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca