Sentencia N° 215 — Sala Plena del TSJ, 18 de julio de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 215, Exp. 2006-00404, 24/10/2007
Expediente2006-00404
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2007-07-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental. La demanda fue interpuesta por Gisela Salazar en representación de su hijo fallecido, por daños morales contra varios entes públicos. La Sala determinó que el Juzgado Primero de Primera Instancia era el competente para conocer del caso, dado que la cuantía de la acción no excedía el límite establecido para la competencia de los tribunales superiores en contencioso administrativo.

Extracto de la motiva

La Sala Plena observa que la pretensión indemnizatoria por daño moral a que se contraen las presentes actuaciones, se propuso cuando aún estaba vigente la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en cuyo artículo 183 se establecía: “Los Tribunales competentes de acuerdo con las previsiones del derecho común o especial, conocerán en primera instancia, en sus respectivas Circunscripciones Judiciales: De cualquier recurso o acción que se proponga contra los Estados o Municipios. De las acciones de cualquier naturaleza que intente la República, los Estados o los Municipios, contra los particulares.” En consecuencia, siendo que corresponde a los tribunales de la jurisdicción ordinaria, específicamente, vista la estimación de la demanda, a los Tribunales de Primera Instancia, conocer y decidir la presente acción, debe declararse sin lugar la apelación interpuesta por la representación de la demandante.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por una parte, y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental, por la otra. SEGUNDO: Que CORRESPONDE al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, conocer de la presente demanda de indemnización por daño moral incoada por la ciudadana Gisela Salazar, antes identificada, en representación del adolescente Luis Manuel Calma Salazar (+), contra el ciudadano Bethermit del Valle González Ramos, la Alcaldía del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y la Gobernación del Estado Anzoátegui.

Palabras clave

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