Sentencia N° 21 — Sala Plena del TSJ, 19 de marzo de 2002
TSJ/SP, Sent. N° 21, Exp. 202-0118, 19/03/2003
Expediente202-0118
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2002-03-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por un grupo de ciudadanos, quienes alegaban la necesidad de que la Sala Plena conociera un recurso de interpretación constitucional interpuesto por el Fiscal General de la República. La Sala fundamenta su decisión en la falta de competencia para conocer del asunto, argumentando que el avocamiento es una figura excepcional que no se aplica en este caso, ya que no existe una relación jerárquica entre las Salas del Tribunal Supremo de Justicia. Además, se señala que la solicitud de avocamiento no puede ser utilizada como un medio para cuestionar decisiones de la Sala Constitucional.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocación incoada en fecha 1º de noviembre de 2002, por los abogados Antonio Rosich Saccani, Gonzalo Himiob Santomé, Eduardo Meier García, Alfredo Romero Mendoza y Juan Carlos Sosa Azpúrua, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos MOHAMAD MERHI, CATALINA PALENCIA, MARY ARELLANO YANFRI QUERALES, MARIA ISAURA ROJAS, JEAN CARLOS SERRANO, ANDRES TRUJILLO Y FERNANDO JOEL SÁNCHEZ COLMENARES, todos anteriormente identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese a los solicitantes. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
avocamientointerpretación constitucionalderechos humanosdelitos de lesa humanidadjusticiacompetenciaproceso judicialtutela judicial