Sentencia N° 19 — Sala Plena del TSJ, 8 de febrero de 2012

TSJ/SP, Sent. N° 19, Exp. 2010-000178, 24/04/2012
Expediente2010-000178
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-02-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, relacionados con un juicio de tacha de documentos. Se determinó que la competencia correspondía al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la misma circunscripción, dado que el asunto era de naturaleza agraria. La Sala destacó la importancia de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en la determinación de la competencia y la necesidad de que los tribunales actúen conforme a las normas establecidas para evitar errores en la administración de justicia.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) Que es COMPETENTE para conocer y decidir el conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 2) Que la COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa corresponde al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 3) Se ordena REMITIR el expediente al referido Juzgado y notificar de dicha decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con competencia en el Estado Falcón.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) Que es COMPETENTE para conocer y decidir el conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 2) Que la COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa corresponde al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 3) Se ordena REMITIR el expediente al referido Juzgado y notificar de dicha decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con competencia en el Estado Falcón.

Palabras clave

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