Sentencia N° 18 — Sala Plena del TSJ (2018)

TSJ/SP, Sent. N° 18, Exp. 2005-000007, 14/06/2018
Expediente2005-000007
PonenteArcadio Delgado Rosales
Materia—
Tipo de recursoRecurso Jerarquico
Fecha de la decisión—
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por Raúl Arnoldo Blonval Paolini contra un acto administrativo que dejó sin efecto su designación como Juez Temporal. Se argumenta que el recurso no es procedente debido a que el acto administrativo impugnado no está sujeto a control jerárquico, ya que se considera que fue dictado por la Sala Plena misma. Además, se menciona que el recurrente pudo haber impugnado el acto a través de un recurso contencioso administrativo.

Extracto de la motiva

Como se aprecia, las competencias atribuidas al Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, por los señalados artículos 267 Constitucional y 6 de la ley que rige las funciones del Tribunal, en concordancia con lo establecido en la Normativa antes referida, corresponden a un conjunto de funciones y potestades típicamente administrativas que ejerce la Sala Plena en sede administrativa y que se distinguen notoriamente de las competencias que a ella misma le atribuye el artículo 5 cardinales 1 y 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en Gaceta Oficial número 37.942 del 20 de mayo de 2004 -aplicable rationae temporis-, las cuales consisten en funciones y potestades jurisdiccionales, contra cuyos actos no se oirá ni admitirá recurso alguno, ya que en tales actuaciones jurisdiccionales la Sala Plena actúa como el más Alto Tribunal de la República, salvo la potestad extraordinaria de revisión constitucional atribuida a la Sala Constitucional. De allí, que cuando la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia actúa en el ejercicio de cualquiera de las funciones o potestades típicamente administrativas, lo hace como cualquier otro órgano del Poder Público con rango constitucional que desempeña funciones propias de la Administración Pública, como es el caso, por ejemplo, del Presidente de la República, de la Asamblea Nacional, del Ministerio Público o de la Defensoría del Pueblo, cuando dichos Poderes ejercen las funciones especialmente administrativas, en virtud de las competencias que les han sido atribuidas por la Constitución y las leyes respectivas. Por ello, la Sala Plena como órgano de la Administración Pública Nacional facultada para dirigir la administración y funcionamiento de los restantes órganos del Poder Judicial, creó la Comisión Judicial como órgano del Tribunal Supremo de Justicia, y delegó en ella las funciones de control y supervisión de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y las demás previstas en la tantas veces señalada Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto por el abogado RAÚL ARNOLDO BLONVAL PAOLINI contra el acto administrativo, de efectos particulares, dictado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, contenido en el Oficio número CJ-05-4346 del 1 de agosto de 2005.

Palabras clave

competenciasadministracionpoder judicialtribunal supremonormativafuncionesjurisdiccion

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca