Sentencia N° 18 — Sala Plena del TSJ, 5 de abril de 2004

TSJ/SP, Sent. N° 18, Exp. 2003-025, 06/04/2004
Expediente2003-025
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAntejuicio
Fecha de la decisión2004-04-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de antejuicio de mérito presentada por la Asociación Civil Defensores Populares de la Nueva República contra el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías. La decisión se basa en la falta de legitimidad de los solicitantes para actuar en representación de intereses difusos y colectivos, ya que no se demostró que los hechos denunciados les afecten directamente.

Extracto de la motiva

De todo lo anterior, se desprende la falta de legitimidad de los solicitantes para intentar la presente petición y, en consecuencia, lo correcto en Derecho es declarar inadmisible para su tramitación la presente solicitud, y así se juzga. Dado que la presente solicitud de antejuicio es inadmisible y que en tal sentido se decide, queda sin objeto pronunciarse respecto de las medidas cautelares pedidas por los solicitantes, y así igualmente se juzga.

Dispositiva

Este Juzgado de Sustanciación de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE PARA SU TRAMITACIÓN la solicitud intentada por ciudadanos Directores de la ASOCIACIÓN CIVIL DEFENSORES POPULARES DE LA NUEVA REPUBLICA y otros firmantes, contra el ciudadano Presidente de la República, HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS, de acuerdo a lo expresado en el texto.

Palabras clave

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