Sentencia N° 16 — Sala Plena del TSJ, 12 de julio de 2006

TSJ/SP, Sent. N° 16, Exp. 2003-00077, 03/10/2006
Expediente2003-00077
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaCivil
Tipo de recursoQueja
Fecha de la decisión2006-07-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de julio de 2006, se pronunció sobre el recurso de queja interpuesto por el abogado Omar Enrique García Valentin contra el juez César Ernesto Domínguez Agostini. La Sala determinó que no existían méritos para continuar el juicio de queja, ya que el demandante no había agotado todos los recursos legales disponibles, lo que evidenciaba que el daño sufrido no era permanente y podía ser reparado. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurso de queja del que trata el presente asunto, se decidió bajo el imperio de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, que establecía en su artículo 190, lo que se indica a continuación: “Los recursos de queja contra los miembros de la Cortes o Tribunales Superiores, se pasarán al Primer Vicepresidente de la Corte en Pleno, quien, en el término de diez días decidirá si hay o no mérito para continuar el juicio. En caso afirmativo, el Presidente de la Corte designará dos Magistrados para que, asociados a él decidan el recurso con arreglo a las disposiciones del Código de Procedimiento Civil. Contra la decisión que niegue la continuación del juicio, podrá apelar el interesado dentro del término de cinco días, para ante el Presidente de la Corte, quien asociado a un Magistrado de cada una de las otras Salas que él mismo designará, decidirá la apelación y, en caso de declararla con lugar, asumirá el conocimiento del recurso de queja.”

Dispositiva

ORDENA LA REMISIÓN DEL PRESENTE EXPEDIENTE, al Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, para que asociado a un Magistrado de cada una de las otras Salas que él mismo designará, decidan la apelación interpuesta por el abogado OMAR ENRIQUE GARCÍA VALENTINER, antes identificado, contra la sentencia dictada por la Primera Vicepresidencia de la extinta Corte Suprema de Justicia en Pleno, de fecha 1° de abril de 2004, mediante la cual declaró “QUE NO HAY MÉRITOS PARA CONTINUAR EL JUICIO DE QUEJA” interpuesto contra el Juez Titular del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 190 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en concordancia con los artículos 3 y 9 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión expresa del artículo 19, aparte 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

recurso de quejajuezderecho a la defensaCódigo de Procedimiento Civildecisión judicialapelaciónméritosresponsabilidad civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca