Sentencia N° 16 — Sala Plena del TSJ, 30 de mayo de 2002
TSJ/SP, Sent. N° 16, Exp. 000018-3, 06/06/2002
Expediente000018-3
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRecursion
Fecha de la decisión2002-05-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la recusación presentada por los ciudadanos Pedro Pereira Olivares y Daniel Comisso Urdaneta contra el Fiscal General de la República, Isaías Rodríguez. La decisión se fundamenta en la falta de competencia del Tribunal para conocer de la recusación, dado que no existía un proceso penal en curso en el momento de la solicitud. Se argumenta que la recusación debe ser planteada ante el Fiscal General y no ante el Tribunal Supremo.
Extracto de la motiva
La Sala Plena considera que la recusación planteada por los solicitantes no puede ser admitida, ya que no se encuentra en el marco de un proceso penal vigente. Se establece que la competencia para conocer de la recusación recae en el Fiscal General de la República, quien debe ser el encargado de tramitar la solicitud de antejuicio de mérito. La Sala enfatiza que la existencia de un proceso es un requisito fundamental para que se pueda plantear una recusación, y al no existir tal proceso, la solicitud es declarada inadmisible.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la recusación del Fiscal General de la República, ciudadano ISAÍAS RODRÍGUEZ, por los ciudadanos PEDRO PEREIRA OLIVARES y DANIEL COMISSO URDANETA. Así se decide. Publíquese y regístrese.
Palabras clave
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