Sentencia N° 14 — Sala Plena del TSJ, 25 de noviembre de 2009

TSJ/SP, Sent. N° 14, Exp. 2008-000156, 08/04/2010
Expediente2008-000156
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaPenal
Tipo de recursoDesestimacion
Fecha de la decisión2009-11-25
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de desestimación de una denuncia presentada contra el Contralor General de la República, Clodosvaldo Russián, por presunta comisión de un delito contra el patrimonio público. El Ministerio Público argumentó que los hechos denunciados no revisten carácter penal, ya que el denunciante había sido previamente inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, lo que invalidaba su denuncia. La Sala Plena, tras analizar la competencia y los fundamentos legales, concluyó que la actuación del Contralor se enmarca dentro de sus funciones y no constituye delito alguno.

Extracto de la motiva

El artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal establece: “El Ministerio Público, dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la denuncia o querella, solicitará al Juez o Jueza de control, mediante escrito motivado, su desestimación, cuando el hecho no revista carácter penal o cuya acción esté evidentemente prescrita, o exista un obstáculo legal para el desarrollo del proceso. Se procederá conforme a lo dispuesto en este artículo, si luego de iniciada la investigación se determinare que los hechos objeto del proceso constituyen delito cuyo enjuiciamiento solo procede a instancia de parte agraviada”. De la citada norma se infiere que la desestimación de la denuncia debe ser solicitada dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la misma, cuando el hecho no revista carácter penal; cuando la acción esté evidentemente prescrita; cuando exista un obstáculo legal para el desarrollo del proceso; y cuando los hechos objeto del proceso constituyan delitos cuyo enjuiciamiento sólo procede a instancia de parte agraviada. Bajo este contexto, se observa que el Ministerio Público ha solicitado la desestimación de la denuncia presentada contra el Contralor General de la República, ciudadano Clodosvaldo Russián, al estimar que los hechos en que se fundamenta la misma no revisten carácter penal.

Dispositiva

Por tales razones, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la desestimación de la denuncia presentada contra el Contralor General de la República, ciudadano CLODOSVALDO RUSSIÁN, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena la devolución de las actuaciones al Ministerio Público, a los fines de su archivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 302 eiusdem. Publíquese y regístrese. Notifíquese la presente decisión al ciudadano CLODOSVALDO RUSSIÁN, en su carácter de Contralor General de la República. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

denunciadesestimacióncontraloríafunciones públicasinhibiciónresponsabilidad administrativaley contra la corrupción

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