Sentencia N° 14 — Sala Plena del TSJ, 12 de diciembre de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 14, Exp. 2007-00049, 26/02/2008
Expediente2007-00049
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-12-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, relacionado con una demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por PDVSA Petróleo S.A. contra Oscar Medina. La Sala determinó que el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución es el competente para conocer del caso, dado que la relación arrendaticia surgió de un vínculo laboral entre las partes. La decisión se fundamenta en la interpretación de las normas que regulan la materia arrendaticia y laboral, concluyendo que los tribunales laborales son los adecuados para resolver este tipo de controversias.

Extracto de la motiva

La Sala Plena ha interpretado, a través de sus fallos, que tiene competencia para conocer de los conflictos de competencia planteados entre Tribunales de Instancia que no tengan un Tribunal Superior común a ambos. En el caso sub júdice, el conflicto negativo de competencia se planteó originalmente entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, es decir, tribunales cuyos ámbitos de competencia por la materia son distintos, entre los cuales no existe un tribunal superior común en el orden jerárquico que, en principio resuelva el conflicto planteado; por lo que esta Sala Plena resulta competente para conocer y decidir el referido conflicto de competencia; y así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es competente para conocer el conflicto negativo de competencia que se planteó entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Que el Juzgado competente para conocer de la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por la empresa PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra el ciudadano OSCAR MEDINA, es el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.

Palabras clave

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