Sentencia N° 13 — Sala Plena del TSJ, 13 de abril de 2011

TSJ/SP, Sent. N° 13, Exp. 2010-000036, 07/06/2011
Expediente2010-000036
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaCivil
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-04-13
DecisiónNULIDAD

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Se determinó que la competencia para conocer de la demanda por resolución de contrato de compra-venta de terrenos correspondía a los tribunales agrarios, dado que la controversia se relacionaba con un inmueble susceptible de explotación agropecuaria. La Sala Plena declaró la nulidad de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario que había declinado la competencia, ordenando que se pronuncie sobre el mérito del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Se reafirmó que la jurisdicción agraria es competente para conocer de acciones derivadas de contratos agrarios, en virtud de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Finalmente, se ordenó la remisión de las actuaciones al Juzgado Agrario correspondiente, asegurando que la decisión de fondo sobre la resolución del contrato se mantenga válida a partir de la publicación del fallo.

Extracto de la motiva

Con base en el criterio expuesto, esta Sala Plena asume la competencia para conocer el conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes con competencia en el territorio de los estados Aragua, Carabobo y Cojedes y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Así se declara.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes con competencia en los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. 2.- Que la COMPETENCIA para conocer de la demanda por resolución de contrato de compra-venta de dos (2) extensiones de terreno, e indemnización de daños y perjuicios interpuesta por los abogados Antonieta Reyes Limonta, Rafael Hidalgo Solá, Roselia Reaño Mendoza, Glenis Ramos, Norkis Noriega, Bernardo Gómez Serra y Luis Hidalgo Villanueva, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano LUIS FERNANDO VIDAL, contra el ciudadano JOSÉ ALFREDO GARCÍA PÁEZ, efectivamente, le correspondía al Juzgado Agrario de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. 3.- La NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 16 de abril de 2009 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes con competencia en los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes y, en consecuencia, ORDENA a dicho Juzgado que se pronuncie únicamente sobre el mérito del recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de febrero de 2009 por la parte demandada contra la sentencia dictada el 29 de enero de 2009 por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró resuelto el contrato de compra-venta suscrito por las partes y desestimó la reclamación conjunta de daños y perjuicios intentada, la cual cobra plena validez a partir de la publicación del presente fallo. 4.- Se ORDENA la remisión de las actuaciones, junto con oficio, al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes con competencia en los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, y copia del presente fallo al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

competenciaconflictotribunalesagrariociviljurisprudencia

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