Sentencia N° 118 — Sala Plena del TSJ, 13 de agosto de 2008
TSJ/SP, Sent. N° 118, Exp. 2007-00067, 16/10/2008
Expediente2007-00067
PonenteLuis Antonio Ortiz Hernández
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-08-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre un tribunal civil y uno de protección del niño y del adolescente, en el contexto de un juicio de obligación alimentaria. La Sala determinó que, a pesar de que la demandante, Katherine Vega Luzardo, había alcanzado la mayoría de edad, la competencia para conocer del caso correspondía a los tribunales de protección, dado que la ley establece que la obligación alimentaria puede extenderse hasta los veinticinco años si el beneficiario se encuentra cursando estudios. La Sala concluyó que el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del estado Zulia era el competente para conocer del juicio.
Extracto de la motiva
La competencia en materia de obligaciones alimentarias corresponde a la Jurisdicción Especial, aún en los casos en los cuales la parte reclamante haya alcanzado la mayoría de edad y sea menor de veinticinco (25) años. Esta Sala Plena ha señalado que debe atenderse al criterio de afinidad entre la materia debatida y las competencias de cada Sala, a menos que los tribunales en conflicto pertenezcan a distintos ámbitos de competencia, en cuyo caso la competencia corresponderá a esta Sala Plena. En virtud de la declaratoria de incompetencia del Juzgado de Protección, el mismo planteó el recurso de regulación de la competencia ante la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que resuelva el conflicto planteado. La Sala concluye que la competencia en materia de obligaciones alimentarias corresponde a la jurisdicción especial de los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente y no a la jurisdicción civil, aún en los casos en los cuales la parte reclamante de tal obligación haya alcanzado la mayoría de edad y sea menor de veinticinco (25) años.
Dispositiva
1) Que es competente para conocer la presente regulación de competencia; 2) Competente al JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, para conocer del juicio de obligación alimentaria intentado por la ciudadana Katherine Vega Luzardo contra el ciudadano Eduardo Vega Zerpa.
Palabras clave
obligación alimentariacompetenciajurisdicción especialprotección del niñomayoría de edadderechos del niñopensión alimentaria