La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, dictó sentencia declarando con lugar la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, en relación a la denuncia por malversación contra Diosdado Cabello Rondón y Carmencita Pérez Rodríguez. La decisión se fundamenta en que los hechos denunciados no revisten carácter penal, ya que los pagos realizados por la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda a favor del Gran Casino Hotel C.A. estaban debidamente justificados y se ajustaban a la legalidad y a la finalidad social para la cual fueron destinados.
Extracto de la motiva
La Sala Plena considera que los hechos denunciados no constituyen delito, ya que los pagos realizados por la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda a favor del Gran Casino Hotel C.A. estaban debidamente justificados y se ajustaban a la legalidad. Se concluye que no se afectó el patrimonio público ni se entorpeció la prestación de un servicio público, por lo que se declara el sobreseimiento de la causa.
Dispositiva
1. Se declara la competencia para conocer la solicitud de sobreseimiento planteada por la Fiscal General de la República. 2. Se declara con lugar la solicitud de sobreseimiento de la causa iniciada con ocasión de la denuncia de fecha 22 de abril de 2009. 3. La presente decisión pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada e impide toda nueva persecución contra los ciudadanos Diosdado Cabello Rondón y Carmencita Pérez Rodríguez.