La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la demanda de ejecución de hipoteca interpuesta por el Banco Bicentenario contra José Francisco Mena Tovar. Se determinó que la competencia corresponde a los Juzgados de Primera Instancia Agraria, dado que la materia es agraria y el bien objeto de la hipoteca se encuentra en el Estado Barinas. La Sala concluyó que el tribunal competente es el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas.
Extracto de la motiva
La obligación de pagar una cantidad de dinero garantizada con hipoteca, se hará efectiva mediante el procedimiento de ejecución de hipoteca establecido en el presente Capítulo. De la norma precedentemente transcrita, se desprende que el juicio de ejecución de hipoteca es en principio de naturaleza civil y debe ser dilucidado por los tribunales de la jurisdicción civil; no obstante, en el presente caso la cláusula cuarta del contrato de préstamo a interés suscrito entre la sociedad de comercio Banco Bicentenario, Banco Universal C.A. y el ciudadano José Francisco Mena Tovar, estableció lo siguiente: “... EL CLIENTE se obliga a invertir la totalidad del préstamo que le ha sido aprobado y otorgado en el presente documento en el desarrollo de la Unidad de Producción denominada ‘La Bolivera’, ubicada en la jurisdicción del Municipio San Antonio, Distrito Arismendi, Estado Barinas. EL CLIENTE expresamente conviene que el monto del préstamo se aplicará específicamente y en su totalidad, al desarrollo de los ‘ítems’ del plan de inversiones que ha presentado a BANCO BICENTENARIO, en la forma que a continuación se expresa: Siembra de Pastos, Construcción de Corrales, Molinos de viento, Perforación de Pozo Profundo, Construcción de Vaquera, Reparación de Cercas Perimetrales, Construcción [de] Cercas Eléctricas, Compra [de] Sistema de Riego, Construcción de Vialidad Interna, Adquisición de Maquinarias y Equipos, Adquisición de Equipo de Bombeo y adquisición de 16 toros, 200 Vacas mestizas, 200 novillas, 3 búfalos y 30 bubillas (sic)…
Dispositiva
Por las razones expuestas, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) Que es competente para conocer de la solicitud de regulación de competencia planteada; 2) Que el Juzgado competente para conocer de la demanda de ejecución de hipoteca incoada por la sociedad de comercio BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra el ciudadano JOSÉ FRANCISCO MENA TOVAR, es el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas, con sede en San Fernando de Apure.
Palabras clave
regulación de competenciaejecución de hipotecaBanco BicentenarioJOSÉ FRANCISCO MENA TOVARmateria agraria