Sentencia N° 10 — Sala Plena del TSJ, 12 de abril de 2005

TSJ/SP, Sent. N° 10, Exp. 1.236, 12/04/2005
Expediente1.236
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAntejuicio de mérito
Fecha de la decisión2005-04-12
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de antejuicio de mérito presentada por los ciudadanos Hidalgo Valero Briceño, Miguel Ángel Luna y Rómulo Gavalis Villamizar contra Luis Miquelena Hernández. Se determinó que los querellantes no ostentan la legitimidad procesal para activar el mecanismo de antejuicio, ya que no se demostró un interés directo en el daño alegado, el cual afecta al patrimonio público en general y no a los querellantes de manera inmediata.

Extracto de la motiva

Este Juzgado de Sustanciación considera que a los fines de la admisibilidad de la presente querella, los delitos imputados deben ser analizados de acuerdo a la inmediatez del daño que los mismos pudieran causar a los querellantes; en tal sentido, tratándose de delitos contra el erario público, se observa, que tal daño no es inmediato contra los querellantes, sino mediato; la inmediatez en la presente querella, en todo caso afectaría en forma inmediata a la Nación, y en tal razón, los legitimados para activar el mecanismo de la solicitud de antejuicio de mérito, son los organismos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para la representación del Estado, quien es el titular del erario público.

Dispositiva

Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Sustanciación de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara INADMISIBLE para su tramitación, la solicitud de antejuicio de mérito, intentada por los ciudadanos Hidalgo Valero Briceño, Miguel Ángel Luna y Rómulo Gavalis Villamizar, miembros de la Asociación Civil “Defensores Populares de la Nueva República” (DPR), y de la “Asociación Civil Escuadrón de Rescate Pantera IV”, contra el ciudadano Luís Miquelena Hernández.

Palabras clave

antejuiciolegitimidadpatrimonio públicoderechos colectivosfuncionario públicoquerellainadmisionjurisdicción

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca