Sentencia N° 96 — Sala Electoral del TSJ, 6 de julio de 2017

TSJ/SE, Sent. N° 96, Exp. 2017-000052, 06/07/2017
Expediente2017-000052
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2017-07-06
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por tres ciudadanos contra la convocatoria de elecciones de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa. Los recurrentes alegaron irregularidades en la convocatoria y la falta de legitimidad de la Junta Directiva para llevar a cabo el proceso electoral. La Sala, tras analizar los argumentos, consideró que existía una presunción de violación de derechos políticos y decidió suspender las asambleas pautadas para la elección de nuevas autoridades hasta que se resuelva el fondo del recurso.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, decide en los siguientes términos: 1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, por los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ, contra la convocatoria efectuada el 28 de abril de 2017 por la Junta Directiva de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE TENIS DE MESA, al proceso electoral mediante el cual deberán ser renovadas sus autoridades, cuyo acto de votación ha sido fijado para el 2 de agosto de 2017, así como a la Asamblea General Extraordinaria en la que deberá ser electa la Comisión Electoral, cuya realización ha sido pautada para el 8 de julio de 2017. 2.- ADMITE el recurso interpuesto por los recurrentes. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, se suspende la realización de las Asambleas pautadas para los días 8 de julio y 2 de agosto de 2017, las cuales tenían como finalidad elegir a los integrantes de la Comisión Electoral y a las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa, respectivamente hasta tanto se decida el fondo del recurso.

Dispositiva

1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, por los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ, contra la convocatoria efectuada el 28 de abril de 2017 por la Junta Directiva de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE TENIS DE MESA, al proceso electoral mediante el cual deberán ser renovadas sus autoridades, cuyo acto de votación ha sido fijado para el 2 de agosto de 2017, así como a la Asamblea General Extraordinaria en la que deberá ser electa la Comisión Electoral, cuya realización ha sido pautada para el 8 de julio de 2017. 2.- ADMITE el recurso interpuesto por los recurrentes. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, se suspende la realización de las Asambleas pautadas para los días 8 de julio y 2 de agosto de 2017, las cuales tenían como finalidad elegir a los integrantes de la Comisión Electoral y a las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa, respectivamente hasta tanto se decida el fondo del recurso.

Palabras clave

recurso contencioso electoralconvocatoria eleccionesFederación Venezolana de Tenis de Mesaamparo cautelar

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