La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de ejecución de sentencia formulada por los ciudadanos Carmen Ayesy Tovar y Pedro Luis Minotti. La decisión se basa en la falta de legitimación de los ciudadanos Nohemí Méndez, Virgilio Martínez, Miguel Laya y Wilfredo Flores para intervenir como terceros interesados, ya que no demostraron su condición de asociados activos de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA). Además, se impuso una multa a los solicitantes y su abogado por hacer uso abusivo de acciones judiciales.
Dispositiva
1.- IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos Nohemí Méndez, Wilfredo Flores, Ildemaro Perdomo y Miguel Laya, respecto de aspectos decididos a través de la Sentencia N°47 del 30 de septiembre de 2019. 2.- IMPONE a cada uno de los ciudadanos, a saber Nohemí Méndez, Wilfredo Flores, Ildemaro Perdomo y Miguel Laya, y al abogado Manuel Assad Brito, una multa expresada en bolívares equivalente a cien (100) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor al momento del pago.
Palabras clave
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