Sentencia N° 93 — Sala Electoral del TSJ, 7 de agosto de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 93, Exp. AA70-E-2013-000022, 07/08/2013
ExpedienteAA70-E-2013-000022
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-08-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de ejecución de la sentencia N° 57, ordena a la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO cumplir con lo dispuesto en dicha sentencia, que establece la realización de elecciones para la Junta Directiva del período 2013-2015. La Sala destaca la importancia de garantizar el derecho al sufragio y la participación de los socios en el proceso electoral, así como la necesidad de adecuar los estatutos de la Asociación a la Constitución vigente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que a los folios doscientos noventa y seis (296) y doscientos noventa y siete (297) del expediente, cursa el escrito contentivo de la solicitud suscrita por el ciudadano Calogero Alaimo Mancuso, a los fines de poner en conocimiento de éste órgano jurisdiccional de la petición de cumplimiento a la sentencia N° 57 dictada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 4 de julio de 2013, porque la misma está siendo desacatada por la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO. Evidencia la Sala, que la parte accionante solicita que se “…ejecute la Sentencia N° 57 de fecha 4 de julio de 2013…”, en vista de la conducta abusiva de la actual Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, al incumplir lo ordenado en la mencionada sentencia, que indicaba lo siguiente: “…1.- Se ORDENA iniciar el proceso de ′Elección de la Junta Directiva para el período 2013-2015′, desde la fase de constitución del Comité Electoral previsto en los ′ESTATUTOS Y REGLAMENTOS DE LA CASA D' ITALIA DE MARACAIBO′, al cual corresponderá la realización de todos los actos relativos a la organización de dicho proceso. 2.- La Junta Directiva de la Asociación deberá convocar a una Asamblea General a los efectos de la conformación del Comité Electoral, al cual le corresponderá la realización de todos los actos organizativos del proceso electoral. 3.- Con el objeto de garantizar el cabal ejercicio del derecho fundamental al sufragio, el proceso electoral que organizará el Comité Electoral, deberá contener las siguientes fases mínimas: Convocatoria, Publicación del Registro de Electores, Lapso de impugnación del mismo, Publicación del Registro Electoral definitivo, Inscripción de las Planchas que se postulen a la elección, Lapso de subsanación e impugnación de las postulaciones, Propaganda electoral, Votación, Totalización, Escrutinios y Proclamación. 4.- Se ORDENA a los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO abstenerse de realizar actuaciones que interfieran en el ejercicio de las competencias que deben ser desplegadas exclusivamente por el Comité Electoral. 5.- Se EXHORTA a los miembros de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, a reformar las normas electorales contenidas en sus estatutos, con el objeto de que se adecuen a los postulados de nuestra Constitución vigente, y en ese mismo sentido, que contengan un diseño del proceso electoral que comprenda las fases mínimas idóneas a los efectos de garantizar un ejercicio adecuado de los derechos al sufragio y a la participación…”.

Dispositiva

1) Se ORDENA la notificación de la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, a fin de que remita la información solicitada, en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación más el término de la distancia, para lo cual se ordena librar boleta de notificación a la mencionada Asociación Civil, anexándole copia del escrito de solicitud presentado en fecha 30 de julio de 2013 y del presente fallo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

ejecución de sentenciaeleccionesderecho al sufragio

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca