Sentencia N° 90 — Sala Electoral del TSJ, 16 de junio de 2010

TSJ/SE, Sent. N° 90, Exp. 09-000083, 16/06/2010
Expediente09-000083
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2010-06-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos contra la convocatoria a la Asamblea General del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) prevista para el 21 de noviembre de 2009. La Sala consideró que el proceso electoral no cumplía con los requisitos legales y estatutarios necesarios, lo que vulneraba los derechos al sufragio y a la participación política de los militantes del partido. Se ordenó la nulidad de la convocatoria y la elaboración de un nuevo cronograma electoral que incluya las fases necesarias para garantizar un proceso transparente y confiable.

Extracto de la motiva

Por todas las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, debe esta Sala Electoral debe declarar CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Así se decide. En virtud del anterior pronunciamiento se declara NULA el Acta de fecha 5 de octubre de 2009 suscrita por la Comisión Nacional Electoral del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), que contiene la convocatoria y el cronograma electoral para la renovación de las autoridades del partido, cursante a los folios treinta y dos (32) y treinta y tres (33) del expediente administrativo, y se ordena a dicho órgano electoral que dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha en que se le notifique la presente decisión, proceda a realizar una nueva convocatoria del proceso electoral en la cual se incluya un nuevo cronograma electoral, que prevea las siguientes fases: 1. Elaboración de registro electoral preliminar. 2. Lapso de impugnación del referido Registro Electoral Preliminar. 3. Publicación del Registro Electoral definitivo. 4. Lapso de postulaciones. 5. Publicación de las postulaciones admitidas. 6. Lapso de impugnación de las postulaciones. 7. Propaganda. 8. Votaciones y Escrutinios. 9. Totalización, Adjudicación y Proclamación.

Dispositiva

Se declara CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos PRISCILIANO ALFONSO RODRÍGUEZ, CASTO GIL, WLADIMIR GENER CARABALLO, LUIS GENER CASTRO y CARLOS FUENMAYOR, contra la convocatoria a la Asamblea General del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) prevista para el 21 de noviembre de 2009, dirigida a realizar la elección de las autoridades de la organización política Movimiento Electoral del Pueblo (MEP). En consecuencia, se ordena la realización de una nueva convocatoria al proceso electoral y la elaboración de un cronograma electoral en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo.

Palabras clave

recurso contencioso electoralMovimiento Electoral del Puebloconvocatoriaasamblea generalderechos políticos

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