Sentencia N° 9 — Sala Electoral del TSJ, 4 de febrero de 2010
TSJ/SE, Sent. N° 9, Exp. 09-000073, 04/02/2010
Expediente09-000073
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-02-04
DecisiónADMITE el recurso contencioso electoral.
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por un grupo de jubilados contra la Junta Directiva de la Asociación de Trabajadores Jubilados y Pensionados de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela. Los demandantes alegaron la nulidad de una Asamblea General Extraordinaria celebrada el 10 de marzo de 2009, argumentando que se realizó en violación de los Estatutos de la Asociación y de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral estima necesario emitir pronunciamiento en torno a la admisibilidad o no del presente recurso, dado el carácter accesorio que tiene la pretensión cautelar. En este sentido, este órgano judicial observa que en esta primera fase del proceso no se configura ninguno de los supuestos de inadmisibilidad a que se refiere el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, ni los previstos en el artículo 19.5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se admite el presente recurso, y así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE el recurso contencioso electoral. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada conjuntamente con el recurso contencioso electoral el 6 de octubre de 2009, por el ciudadano EDUARDO GARCÍA, antes identificado, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Alberto Rodríguez Dordelly, Nelly Colmenares de Mendoza, Gladis de González, Gladis Fuentes, Isabel Medarda Renfifo de Baravo, Antonio Schick, Esteban Raúl Enrique Lobo Romero, Mireya Josefina Lugo de Jaspe, Freddy González Rodríguez, Manuela Tancredi Bloi, Dianota Guevara T., Lorenzo Quintero, Rafael Ángel González Villarreal, Dicia Josefina Ugas Herrera, Ediyh Margarita Herrera Ollarves, Antonio A. Schick, Gladis Lourdes Madiz de González, Mireya Josefina Lugo de Jaspe, Ramón Loreto, Beatriz Ivonne Herrera Ollarves, Hersa Bolívar, Mayra Rodríguez de Utrera, Jesús Rojas, todos anteriormente identificados, en el marco del recurso contencioso electoral interpuesto contra la Junta Directiva de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (AJUPTEL-CARACAS), para que se declare la nulidad de la Asamblea de asociados del referido organismo celebrada el 10 de marzo de 2009, en la cual resultó electa la nueva Junta Directiva presidida por el ciudadano JOSÉ ANTONIO CHACÓN FERRER.